Pagos anticipados Los “pagos anticipados” son adelantos que se realizan de forma trimestral para cubrir una deuda tributaria final. Estos pagos se efectúan a lo largo del año y se utilizan para saldar los impuestos de manera fragmentada en lugar de esperar hasta la declaración anual. Estos adelantos ayudan a distribuir la carga fiscal durante el año y evitan pagar impuestos de una sola vez.
Existen diversas modalidades de “pagos anticipados,” entre las que se incluyen:
- Retenciones: Las empresas retienen una parte de los sueldos de sus empleados y luego entregan estas retenciones a la administración fiscal. En la declaración de la renta, se ajustan cuentas para determinar si se debe pagar impuestos adicionales o si se tiene derecho a un reembolso.
- Ingresos anticipados: Se aplican a pagos en especie o no monetarios. Similar a las retenciones, representan adelantos al Estado para los pagos fiscales relacionados con ingresos no monetarios.
- Pagos fraccionados: Permiten dividir una deuda tributaria final en múltiples pagos a lo largo del año. Esto facilita la distribución de la carga fiscal y evita grandes pagos en una sola instancia.
En el caso del Impuesto de Sociedades, los pagos anticipados se dividen en tres trimestres y se presentan utilizando los modelos 202 y 222. Deben efectuarse durante los primeros veinte días naturales de los meses de abril, octubre y diciembre. No obstante, si el resultado es un pago a favor del contribuyente
y se elige la domiciliación bancaria, la fecha límite se establece cinco días antes de las fechas mencionadas.
En cuanto al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), los pagos anticipados se calculan según el beneficio obtenido en el trimestre y generalmente representan un 20% de las ganancias trimestrales. Estos pagos permiten a las personas físicas saldar los impuestos de forma fraccionada a lo largo del año.