La determinación del resultado final de la declaración considera diversos factores, como los rendimientos del trabajo, vivienda, así como las ganancias o pérdidas asociadas a derechos, acciones y dividendos. Estos rendimientos se clasifican en “Renta general” o “Renta del ahorro”, dependiendo de su origen.
La suma de estos rendimientos conforma lo que se conoce como la “Base Imponible”. A esta base se le aplican reducciones y ajustes que conducen al cálculo de la “Base Liquidable”.
Y es precisamente en este punto donde se encuentra el elemento central: la “Cuota Íntegra”.
La cuota íntegra es el resultado de aplicar los tipos impositivos sobre la “Base Liquidable”. Estos tipos se dividen en dos categorías: los establecidos a nivel estatal y los autonómicos. Los segundos varían según la Comunidad Autónoma de residencia del contribuyente.
Finalmente, la cuota íntegra da paso a la cuota líquida, a la que se le restan las ventajas fiscales disponibles, como aquellas relacionadas con donaciones o el alquiler de vivienda, siempre que se cumplan con los requisitos establecidos.