Criterio de caja

El criterio de caja es un régimen especial del IVA que a menudo pasa desapercibido para muchos autónomos. Esta opción permite a los autónomos retrasar el pago del IVA hasta que hayan recibido el pago de las facturas por parte de sus clientes. La principal ventaja radica en evitar el adelanto del IVA de tus ingresos, lo que suele aliviar tu flujo de efectivo, especialmente si trabajas con clientes que suelen retrasar los pagos.

Sin embargo, como suele ocurrir con las cuestiones fiscales, las ventajas van acompañadas de ciertas desventajas. Con el criterio de caja, además de postergar el pago del IVA, también se retrasa la posibilidad de deducir el IVA de tus gastos. Antes de optar por este régimen, es fundamental realizar cálculos detallados y evaluar si realmente te beneficiará en tu situación.

El criterio de caja se estableció en 2015 gracias a la Ley de Apoyo a los Emprendedores. Para solicitarlo, debes darte de alta en este régimen a través de los modelos 036 o 037 un mes antes del inicio del año fiscal. La fecha límite para darse de alta es el 30 de noviembre; de lo contrario, no podrás beneficiarte de este régimen.

Una vez dado de alta, deberás completar el modelo 303, que es la declaración trimestral, como cualquier autónomo. No obstante, con este régimen, es esencial prestar especial atención a dos factores: solo declarar las facturas cobradas en efectivo y deducir únicamente el IVA de los gastos pagados en efectivo.

El régimen especial del criterio de caja conlleva ciertas obligaciones adicionales, como mantener un libro de registro de facturas emitidas y recibidas. Asimismo, debes identificar claramente las facturas que se acojan a este régimen bajo el título “Régimen Especial del Criterio de Caja” y llevar un estricto control financiero antes de declarar el IVA. Es importante seguir estas pautas para cumplir con las obligaciones fiscales correctamente.

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